¿Cuáles son las acciones que se paran con una Orden de restricción temporal (o permanente)?
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La respuesta depende de qué órdenes solicitó el peticionario y qué órdenes aprobó el juez.
Para saber a ciencia cierta, lea cuidadosamente la orden de la corte y fíjese cuáles son las acciones que la persona restringida no puede hacer contra la persona que solicitó la orden, o contra cualquier otra persona cubierta por la orden. Para saber lo que está incluido en su orden, fíjese en las tildes o las "X" del formulario DV-110 (páginas 1-5).
La lista completa de conductas o acciones que la persona restringida tiene que dejar de hacer incluye:
- molestar sexualmente
- atacar
- apalear
- acechar
- amenazar
- agredir sexualmente
- golpear
- acosar
- llamar por teléfono
- destruir bienes personales
- contactar, ya sea directamente o indirectamente por medio de una 3ª persona o por correo
- acercarse a una distancia especificada de la otra parte (en general 100 yardas, la longitud de una cancha de fútbol)
- perturbar la paz de la otra parte
- poseer, comprar, recibir u obtener de cualquier otra manera pistolas u otras armas de fuego y municiones.
También se le puede ordenar al respondedor que:
- deje o se mude de un hogar compartido ("orden de echar")
- se mantenga alejado de los hijos de la pareja (por lo menos hasta que se realice una audiencia)
- entregue o venda todas las armas de fuego y municiones en su poder
- ceda el uso exclusivo de ciertos bienes al Peticionario (por lo menos hasta que se realice la audiencia).
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