¿Qué pasa si cambia la situación?
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Si la persona que pidió protección cambia de parecer, después de la audiencia pero antes de que venza la Orden de restricción, tiene que presentar ciertos formularios ante la corte.
- Hay formularios para cambiar (modificar) la Orden de restricción.
- Hay otros formularios para cancelar(despedir/anular) la Orden de restricción.
Para obtener más información sobre este proceso, haga clic aquí. (en inglés)
NOTA: Es muy importante que la persona que pidió protección presente estos formularios ante la corte para que no se acuse a la persona restringida de haber violado una orden de la corte.
- La persona restringida también PUEDE pedir que se modifique la Orden.
- La persona restringida NO PUEDE pedir que se cancele la Orden.
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